Elaboración de una guía de recomendaciones y advertencias dirigida a la ciudadanía para prevenirse de la comisión de delitos

Numero: 339
Fecha: 2000
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 17 de febrero de 2000.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º: El Poder Ejecutivo elaborará, en un plazo no mayor de 60 (sesenta) días de sancionada la presente, una Guía de Recomendaciones y Advertencias dirigida a la ciudadanía para prevenirse de la comisión de delitos, y de salvaguarda personal. Una vez realizada, se remitirá al Consejo de Seguridad y Prevención del Delito.

Artículo 2º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán deducidos del presupuesto en vigencia.

Artículo 3º: Comuníquese, etc

CRISTIAN CARAM

RUBÉN GÉ

LEY N° 339

Sanción: 17/02/2000

Promulgación: Decreto Nº 272/2000 del 13/03/2000

Publicación: BOCBA N° 906 del 21/03/2000