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EL CONDOR E.T.S.A. C/ M.C.B.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Numero:
Fecha:
Clase:
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Jurisprudencia
Anexos:
Fuero: C.N.Civ.
Fuente: S.A.I.J.

1- El uso y goce de los bienes de dominio público por los particulares importa la correlativa obligación de la autoridad respectiva de colocarlos en condiciones de ser utilizados sin riesgos para los habitantes.

2- El ejercicio del poder de policía impone a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires el deber de actuar directamente o de ejercer su autoridad para que se adopten las medidas de seguridad apropiadas con el objeto de evitar que una deficiente señalización en la vía pública se transforme en fuente de daños a terceros.

3- Si la Comuna omitió colocar los carteles indicadores de la altura máxima permitida para emprender el cruce de un puente sobre la autopista, no puede luego alegar la culpa del conductor víctima del accidente, para eximir su responsabilidad en el hecho, si éste, ante la ausencia de aviso, confió en que podía hacer el cruce sin peligro alguno.

Descriptores

  • Derechos
    • Tránsito y Transporte
    • Espacio Público
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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