Buenos Aires, 12 de junio de 2008.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Declárase Monumento Histórico en el marco de la ley 1227 Art. 4° inc. b) al edificio de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ubicado en la manzana delimitada por las calles Perú, Hipólito Yrigoyen y Av. Diagonal Pte. Julio A. Roca.
Artículo 2°.-Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 2.746
Sanción: 12/06/2008
Promulgación: Decreto Nº 829/008 del 10/07/2008
Publicación: BOCBA N° 2974 del 18/07/2008