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Donaciones. Homológanse

Numero: 1314
Fecha: 2004
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 01 de abril de 2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Homológanse las donaciones a terceros efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante los Decretos que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente, en virtud de lo dispuesto por el Art. 2° de la Ley N° 191 (B.O. N° 722).

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

JORGE TELERMAN

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.314

Sanción: 01/04/2004

Promulgación: Decreto Nº 773 del 29/04/2004

Publicación: BOCBA N° 1937 del 10/05/2004

ANEXO

Exp. N° 44.519/2002 Decreto N° 1424/ GCABA/02 Fundación Por Un Mundo Mejor Equipamiento deportivo y de recreación
Exp. N° 56.478/2002 Decreto N° 39/ GCABA/03 Municipalidad de San Carlos de Bariloche Un vehículo
Exp. N° 31.684/2000 Decreto N° 1562/GCABA/03 Municipalidad de Corzuela (Pcia. de Chaco) Faroles
Exp. N° 6.273/97 Decreto N° 1580/ GCABA/03 Comuna de Soldado Maldonado Vehículos
Exp. N° 48.531/2002 Decreto N° 674/
GCABA/03
Asociación Mutual Vecinalista «Lagunas del Rosario» (Pcia. de Mendoza) Elementos en servicios de salud
Exp. N° 49.706/2002 Decreto N° 578/
GCABA/03
M.A.P.A. Un vehículo para transporte de animales
Exp. N° 64.789/98 Decreto N° 699/ GCABA/03 AGREPEM (Asociación Gremial del Personal Municipal de la Municipalidad de Aguilares) (Pcia. de Tucumán) Dos ambulancias con resolución de baja

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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