Buenos Aires, 17 de julio de 2014
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 24 de Julio de cada año como «Día del Autocuidado», para la «promoción de la salud», de manera que las personas no se automediquen.
Artículo 2°.- A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 1° de la ley, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propiciará acciones de difusión promoción, protección e incorporará la fecha al calendario de conmemoraciones.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.034
Sanción: 17/07/2014
Promulgación: De Hecho del 12/08/2014
Publicación: BOCBA N° 4464 del 22/08/2014