Buenos Aires, 05 de octubre de 2000.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º: Institúyese el 26 de octubre como «Día de los Cafés de Buenos Aires.»
Artículo 2º: La Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables organizará anualmente en ese día los actos celebratorios que considere apropiados.
Artículo3º: Comuníquese, etc.
GERARDO CONTE GRAND
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 511
Sanción: 05/10/2000
Promulgación: Decreto N° 2043/2000 del 14/11 /2000
Publicación: BOCBA N° 1073 del 20/11/2000