Buenos Aires, 02 de agosto de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
«MODIFICACIÓN DE LA LEY 129 – DIFUSIÓN DE LOS PRINCIPIOS Y VALORES DE
LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES»
Artículo 1º.- Modificase el articulo 3° de la Ley 129, que quedará redactado de la siguiente manera: «Se dictarán clases alusivas en todos los establecimientos educacionales del Gobierno de la Ciudad, con el objetivo de contribuir a la formación ética y cívica de niños y jóvenes, procurando fortalecer la vigencia y continuidad de los principios, valores, obligaciones, derechos y garantías que emanan del articulado de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Modificase el artículo 4° de la Ley 129, que quedará redactado de la siguiente manera: «Se realizará un acto conmemoratorio en todos los establecimientos educacionales del Gobierno de la Ciudad, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 65 inciso 1° de la Resolución Nº 4776/GCABA/MEGC/06. En dicho acto se invitará a todos los alumnos de séptimo grado año de Nivel Primario, a prometer por el respeto a los derechos, obligaciones y garantías que establece la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Al finalizar la promesa, se hará entrega a cada alumno de un ejemplar de la Constitución de la Ciudad junto con un certificado conmemorativo.
Artículo 3º.- Agrégase un articulo 5° a la Ley 129 con el siguiente texto: «Las formas y procedimientos del acto estipulado en el artículo 4° de la presente, serán determinados por el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o el organismo que en su futuro lo remplace.
Artículo 4º.- Agrégase un articulo 6° a la Ley 129 con el siguiente texto: «Comuníquese, etc.»
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.247
Sanción: 02/08/2012
Promulgación: De Hecho del 03/09/2012
Publicación: BOCBA N° 3992 del 11/09/2012