Visto el Decreto N° 482/PEN/95, el Decreto N° 145/PEN/98, la Ley N° 119, la Resolución N° 160/SOYSP/00, el Contrato de Préstamo N° 1.059/OCAR, Programa de Gestión Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo suscripto con el Banco Interamericano de Desarrollo y el Decreto N° 980/GCBA/03, y
CONSIDERANDO:
Que, el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires juntamente con la Provincia de Buenos Aires son los encargados de poner en práctica el Programa de Gestión Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo, en el marco del Contrato de Préstamo citado en el Visto que fuera suscripto con el Banco Interamericano de Desarrollo;
Que, por el Decreto N° 980/GCBA/03, se designa al ingeniero Osvaldo Guillermo Busca, LE 4.387.568, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Unidad Ejecutora del Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y Manejo de la Cuenca Hidráulica Matanza-Riachuelo, con carácter ad honorem;
Que, la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, propone la designación del Ingeniero Eduardo Adrián Quaini, DNI 22.085.797, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104, inciso 9° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:
Artículo 1° – Déjase sin efecto la designación del Ingeniero Osvaldo Guillermo Busca, LE 4.387.568, como representante ad-honorem del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Unidad Ejecutora del Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y Manejo de la Cuenca Hidráulica Matanza-Riachuelo, dispuesta por Decreto N° 980/GCBA/03.
Artículo 2° – Desígnase con carácter ad honorem al Ingeniero Eduardo Adrián Quaini, DNI 22.085.797, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo, que fuera creado por Decreto N° 482/PEN/95.
Artículo 3° – El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Infraestructura y Planeamiento y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4° – Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento. Cumplido, archívese. IBARRA – Feletti – Fernández