RESOLUCIÓN N° 504/ PJCABA/ CMCABA/ 05
Visto el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Resolución CM N° 363/03, y
CONSIDERANDO:
Que este consejo, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, encuentra que el reglamento interno establecido por la Resolución CM N° 363/03 requiere modificaciones y adecuaciones en aras de mejorar su funcionamiento, tomando en cuenta la experiencia recogida;
Que resulta necesario que la reestructuración general emprendida por la Resolución CM N° 362/03 sea complementada en aspectos técnicos que permitan el desarrollo y cumplimiento de los objetivos que la Ley N° 31 y su modificatoria imponen al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a los efectos de compatibilizar el régimen de empleo público con el vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde la sanción de la Ley N° 471, es necesario establecer los instrumentos que así lo permitan en la normativa interna;
Que la actual planta de funcionarios y empleados de este Consejo requiere su adecuación a las nuevas necesidades de funcionamiento y cumplimiento de sus obligaciones, y su consecuente escalafonamiento en las categorías y el agrupamiento general que se crean con el objeto de disponer una mejor distribución de funciones y responsabilidades;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 43 garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad y capacitación de sus agentes, basados en la idoneidad funcional, reconociéndose y organizándose la carrera administrativa por medio de agrupamientos por función;
Que es voluntad de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires poner en funcionamiento un sistema de carrera para el personal de este organismo que valorice el desempeño de los agentes y promueva la equidad entre los distintos sectores, en base al reconocimiento del desarrollo de competencias en las tareas asignadas;
Que la carrera administrativa que se establece debe organizarse por especialidad, ordenándose internamente de acuerdo a la complejidad, responsabilidad y requisitos de capacitación propios de las funciones respectivas;
Que la carrera administrativa debe prever un régimen de evaluación anual de los empleados del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sea la base para la mejora continua del organismo, así como también para la promoción y desarrollo de los agentes, garantizando la imparcialidad y transparencia del procedimiento;
Que, asimismo, el artículo 116, inc. 5, de la Constitución de la Ciudad, atribuye al Consejo de la Magistratura la facultad de reglamentar el nombramiento, la remoción y el régimen disciplinario de los funcionarios y empleados, competencia que corresponde a este plenario conforme el artículo 20, inciso 13, de la Ley N° 31;
Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó con fecha 20 de diciembre de 2004, el Decreto N° 308-VP/04, publicado en el Boletín Oficial N° 2091, por el que se convalida el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó con fecha 31 de mayo de 2004, el Decreto N° 986-GCABA/04 por el que se aprueba el Escalafón General para el Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publicado en el Boletín Oficial N° 1953. Asimismo, con fecha 16 de julio de 2004 dictó el Decreto N° 1.232-GCABA/04 mediante el cual se crea la Unidad de Proyectos Especiales Implementación de la Carrera Administrativa;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y su modificatoria,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° – Derogar el Anexo I de la Resolución CM N° 363/03.
Artículo 2° – Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 3° – Aprobar los Formularios de evaluación que como Anexo II forman parte de la presente.
Artículo 4° – Derogar la Resolución CM N° 463/05 en cuanto se refiere al personal que se desempeña en el Consejo de la Magistratura.
Artículo 5° – Sustituir el régimen de licencias previsto en la Resolución CM N° 302/03 por el que se establece en el presente reglamento.
Artículo 6° – Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar) y en la cartelera del Consejo, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, al Sr. Fiscal General, al Sr. Defensor General, al Sr. Asesor Tutelar General, a la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas, a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a todas las dependencias del Consejo y, oportunamente, archívese.
ANEXOS (Ver BOCABA Nº 2228 DEL 8-7-2005)