Buenos Aires 09 de octubre de 2003
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Acéptase la donación del Rotary Club de Villa Crespo de un monolito y rueda rotaria, con cargo de ser emplazado en el centro de la plazoleta que constituye un derivador de tránsito, ubicado en la calle Vera en su intersección con la Avda Corrientes, cuya memoria descriptiva es la siguiente: «estructura triangular realizada con tubos de aluminio soldados, forradas en paneles de idéntico material, revestido en placas de granito gris mara y una rueda rotaria (emblema del Rotary Internacional) con iluminación interna con tubos fluorescentes. El isotipo de Rotary Internacional está realizado en gráfica refractaria de acuerdo al modelo provisto por Rotary Club de Villa Crespo».
Artículo 2°.- Colóquese una placa con la siguiente inscripción:
«ROTARY CLUB DE VILLA CRESPO
en reconocimiento al
barrio de Villa Crespo»
Artículo 3°.- Los gastos que demande lo establecido en los arts. 1° y 2° de la presente, como así también su posterior mantenimiento, estarán a cargo del Rotary Club de Villa Crespo.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
CECILIA FELGUERAS
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.129
Sanción: 09/10/2003
Promulgación: De Hecho del 07/11/2003
Publicación: BOCBA N° 1818 del 14/11/2003