Buenos Aires 09 de marzo de 2000
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Declárase Sitio de Interés Cultural de la Ciudad a los depósitos de gravitación de los barrios de Caballito y Villa Devoto, ubicadas en las calles Pedro Goyena, José María Moreno, Beauchef y Valle; y Gualeguaychú, José Pedro Varela, Mercedes y Francisco Beiró, respectivamente.
Artículo 2º.- Colóquese en el depósito de Caballito una placa de bronce, con el siguiente texto:
DEPOSITO DE GRAVITACION «CABALLITO»
DECLARADO SITIO DE INTERES CULTURAL POR
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
AÑO 2000
Artículo 3º.- Colóquese en el depósito de Villa Devoto una placa de bronce, con el siguiente texto:
DEPOSITO DE GRAVITACION «VILLA DEVOTO»
DECLARADO SITIO DE INTERES CULTURAL POR
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
AÑO 2000
Artículo 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
GUILLERMO OLIVERI
RUBÉN GÉ
LEY N° 353
Sanción: 09/03/2000
Promulgación: De Hecho del 06/04/2000
Publicación: BOCBA N° 928 del 24/04/2000