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Decreto Promulgatorio 628/2001

Numero: 628
Fecha: 2001
Clase:
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Decreto
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Promúlgase la Ley 628. Derógase la Ord. 48.176, B.M. 19.901. Establécese que los profesionales de la Salud comprendidos en el art. 9.1 de la Ord. 41.455, B.M. 17.920 serán intimados a iniciar los trámites jubilatorios.

Descriptores

  • Decretos
    • Promulgación
    • Profesionales
    • Salud
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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