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Declárase patrimonio cultural de la ciudad de Bs.As. al Filete Porteño.

Numero: 1941
Fecha: 2006
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires, 27 de abril de 2006.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Declárase «Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires» al Filete Porteño.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

ALICIA BELLO

LEY N° 1.941

Sanción: 27/04/2006

Promulgación: Decreto Nº 586/006 del 29/05/2006

Publicación: BOCBA N° 2452 del 05/06/2006

Descriptores

  • Derechos
    • Cultura y Patrimonio
      • Patrimonio cultural
    • DLDC
      • Articulo32
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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