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Declárase en situación de retiro efectivo obligatorio al General de División Carlos Augusto Caro

Numero: 16916
Fecha: 1966
Clase: Ley NAC
Tipo de Boletín: B.O.
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Bs. As., 9/8/1966

Visto lo informado por el señor Secretario de Estado de Guerra interino, lo propuesto por el Ministerio de Defensa Nacional y en uso de las facultades que le acuerda el Artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Declárase en situación de retiro efectivo obligatorio, al señor General de División D. Carlos Augusto CARO.

ARTICULO 2º — La Secretaría de Estado de Guerra (Dirección General del Personal) procederá a regular los haberes correspondientes de acuerdo con las disposiciones vigentes.

ARTICULO 3º — Cúmplase, publíquese en síntesis en Boletín Reservado de la Secretaría de Guerra y vuelva al Ministerio de Defensa Nacional (Secretaría de Estado de Guerra – Dirección General del Personal), para su archivo en el legajo personal del mencionado Oficial Superior.

Firmas

Descriptores

  • Derechos
    • Secretas
      • Secretas (Sec)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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