Buenos Aires, 19 de mayo de 2005.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio ubicado en la avenida Independencia 3340, entre Virrey Liniers y Sánchez de Loria, de la Ciudad de Buenos Aires, denominación catastral Circunscripción 8, Sección 30, Manzana 29, Parcela 7.
Artículo 2°.- El mencionado predio será anexado al Jardín Integral N° 2, D.E. 6, sito en la avenida Independencia 3354.
Artículo 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida presupuestaria perteneciente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente al año 2004.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.701
Sanción: 19/05/2005
Promulgación: De Hecho del 24/06/2005
Publicación: BOCBA N° 2227 del 07/07/2005