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Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre-5235

Numero: 0
Fecha: 1978
Clase: Pacto Internacional
Tipo de Boletín: B.O.
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Entrada en vigor: 18 de julio de 1978

Ratificada por Argentina el 5 de septiembre de 1984


Derecho de petición.


Artículo XXIV: Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a cualquiera autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de interés particular, y el de obtener pronta resolución.

Deber de sufragio.

Artículo XXXII: Toda persona tiene el deber de votar en las elecciones populares del país de que sea nacional, cuando esté legalmente capacitada para ello.

Descriptores

  • Derechos
    • Digesto Normas Electorales
      • 3. Tratados y Convenciones Internacionales (DNE)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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