Ley 26.977
Apruébase Convenio para el Cumplimiento de Condenas Penales.
Sancionada: Agosto 27 de 2014
Promulgada: Septiembre 17 de 2014
Publicada en el B.O. del 24/09/2014
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL ECUADOR PARA EL CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES, suscripto en Buenos Aires, el 20 de septiembre de 2007, que consta de DOCE (12) artículos, y el ACUERDO POR CANJE DE NOTAS POR EL QUE SE ENMIENDA EL ARTICULO X DEL CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL ECUADOR PARA EL CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES del 18 de enero de 2010, cuyas fotocopias autenticadas forman parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires).