Créase la comisión para la reforma tributaria para la elaboración de nuevos códigos tributario y fiscal

Numero: 1546
Fecha: 2004
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires, 09 de diciembre de 2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Créase la Comisión para la Reforma Tributaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tendrá por finalidad elaborar una propuesta para los nuevos Códigos Tributario y Fiscal. La misma estará integrada por cuatro (4) representantes del Poder Ejecutivo, designados por el Jefe de Gobierno, los cuales no podrán tener rango inferior a Director General y por diez (10) Diputados propuestos por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, que se integrarán en forma proporcional a la actual representación legislativa y serán designados por la Presidencia del Cuerpo a propuesta de los distintos bloques.(Conforme texto Art. 1º de la Ley Nº 1656, BOCBA Nº 2178 del 27/04/2005)

Artículo 2°.- Las propuestas que resulten del consenso de esta Comisión no podrán implicar disminución del actual nivel de recaudación de la Ciudad.

Artículo 3°.- La Comisión que se crea en el artículo primero tiene carácter «ad hoc» y debe elevar la propuesta pertinente a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.(Conforme texto Art. 2º de la Ley Nº 1656, BOCBA Nº 2178 del 27/04/2005)

Artículo 4°.- Los miembros de la Comisión desempeñan su tarea específica «ad honorem», no teniendo en consecuencia derecho a retribución de ninguna naturaleza por dicha función.

Artículo 5º.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.546

Sanción: 09/12/2004

Promulgación: De Hecho del 12/01/2005

Publicación: BOCBA N° 2111 del 18/01/2005