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Cooperadoras Escolares. Subsidios

Numero: 631
Fecha: 2001
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires 06 de setiembre de 2001

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a autorizar la transferencia de los importes presupuestados en conceptos de subsidios que se otorgan a las Asociaciones Cooperadoras por aplicación de las Ordenanzas N° 42.581 (BM 18.473); N° 43.406 (BM 18.473); N° 43.409 (BM 18.473) N° 43.410 (BM 18.474) y N° 43.411 (BM 18.474), a las conducciones docentes de los siguientes establecimientos educativos, dado que sus respectivas Asociaciones Cooperadoras se encuentren judicial o administrativamente imposibilitadas de disponer de los mismos:

  1. Escuela N° 8 D.E. 1 «Nicolás Avellaneda»
  2. Escuela N° 1 D.E. 15 «Coronel José de Olavarría»

Artículo 2°.- La transferencia de los fondos a las conducciones docentes de establecimientos educativos enunciados en el artículo 1° de la presente se realizará en las mismas formas, condiciones y requisitos previstos en la Resolución S.G. N° 560/986 para los ingresos y egresos de fondos que se les exige a las Asociaciones Cooperadoras.

Artículo 3°.- A tales efectos se abrirá una caja de ahorro en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que corresponda geográficamente al establecimiento educativo, a nombre de la institución escolar y donde registrarán su firma el Director, Vicedirector y Secretario conjuntamente para la extracción de los fondos.

Artículo 4°.- La presente ley, tendrá una vigencia de 365 (trescientos sesenta y cinco) días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

(Prorrogado por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días por artículo 1º de la Ley Nº 907, BOCBA Nº 1560 del 04/11/2002).

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 631

Sanción: 06/09/2001

Promulgación: Decreto Nº 1.434 del 20/092001

Publicación: BOCBA N° 1288 del 02/10/2001

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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