DISPOSICIÓN N° 3- PTF
Se convoca a los grupos sociales, involucrados en la tragedia de Cromañón, a fin de que formulen sus propuestas para el bosque en homenaje a las víctimas, ordenado por la Ley N° 1.917, B.O. N° 2367
Buenos Aires, 30 de enero de 2007.
Visto la Ley N° 1.917, la Nota N° 245-PTF/06 y la Providencia N° 3.765-DGTALMMA/06 y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 1.917, en su artículo 1°, ordena la creación de «un bosque en homenaje a las víctimas de Cromañón sobre el sector de plaza de aproximadamente 11.000 metros cuadrados de superficie perteneciente al Parque 3 de Febrero denominado extraoficialmente como Parque Olímpico; situado entre las calles Ramón J. Cárcano e Intendente Guerrico y las avenidas Presidente Figueroa Alcorta y Dorrego, designado catastralmente como Fracción L, Manzana 142 A, Sección 23, Circunscripción 17; que limita al Noreste con las Fracciones C, F y J de la misma Circunscripción, Sección y Manzana y al Noroeste con la calle Intendente Guerrico.»;
Que, la citada norma legal autoriza en su artículo 2° la plantación de 194 árboles de especies a determinar, señalando en el artículo 3° que: «Previamente a la plantación encomendada en el artículo 2° de la presente ley, deberá confeccionarse un proyecto paisajístico consensuado con los grupos sociales involucrados.»;
Que, el Expediente N° 90.729/05 que tramita la ejecución de la citada ley fue remitido a la Dirección General del Parque Tres de Febrero en función de las atribuciones del Decreto N° 350/06 y a fines de promover su cumplimiento;
Que, a fin de cumplir con la norma legal, esta Dirección General solicitó autorización al Ministerio de Medio Ambiente mediante Nota N° 254-PTF/06 para organizar la convocatoria de «los grupos sociales involucrados» el cual prestó conformidad por medio de la Providencia N° 3.765-DGTALMMA/06;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DEL PARQUE TRES DE FEBRERO
DISPONE:
Articulo 1° – Convócase por el plazo de 60 días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial a los grupos sociales involucrados en la tragedia de Cromañón a fin de que formulen sus propuestas para el bosque en homenaje a las víctimas de Cromañón ordenado por la Ley N° 1.917. Vencido ese plazo los grupos sociales que hayan respondido la convocatoria inicial serán llamados para los 15 días siguientes a fin de consensuar el proyecto definitivo.
Articulo 2° – Hágase extensiva esta convocatoria a los deudos directos de víctimas de Cromañón los que podrán participar de pleno derecho a título personal.
Artículo 3° – Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Atención a la Víctima. Remítase copia a la oficina de prensa del Ministerio de Medio Ambiente a efectos de su mejor difusión y de su inclusión en la página web oficial. Cumplido, archívese. García Elorrio