DECRETO N° 2.015
Publicado en BOCBA N° 2828 del 10/12/2007.
Se designa Autoridad de Aplicación de la Ley N° 2.069
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2007.
Visto la Ley N° 2.069, la Ordenanza N° 33.721 y el Expediente N° 64.177/06 e inc., y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada ley se sustituyeron los artículos 13 y 14 y se incorporaron los artículos 14 bis, 15 y 16 de la Ordenanza N° 33.721 y se derogó la Ordenanza N° 24.477;
Que resulta por tanto necesario reglamentar la aplicación de los artículos, designando la autoridad de aplicación y el procedimiento pertinente a fin de dar operatividad a la ley en cuestión;
Que por el Decreto N° 350/06 se asignaron las misiones y funciones, en lo referido a cercas y aceras, a la Dirección General de Acciones en la Vía Pública, dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público;
Que en consecuencia corresponde designar a esa Dirección General como autoridad de aplicación en lo relativo al cumplimiento y ejecución de lo preceptuado por la norma;
Que asimismo resulta imprescindible diagramar el circuito administrativo tendiente a implementar la metodología operativa adecuada, mediante la aprobación de una norma de procedimiento para la gestión descentralizada de aceras;
Que por otra parte es menester coordinar con la Dirección General de Rentas, dependiente del Ministerio de Hacienda y con los Centros de Gestión y Participación Comunal, dependientes del Ministerio de Gestión Pública y Descentralización, la implementación del circuito mencionado precedentemente;
Que la creación de este circuito administrativo tiene por finalidad lograr una estructura ágil y eficiente que tienda a la normalización gradual y progresiva del estado general de las aceras observando los aspectos estéticos, la higiene y la seguridad de tránsito peatonal;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° – Desígnase como autoridad de aplicación de la Ley N° 2.069 a la Dirección General de Acciones en la Vía Pública dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público.
Artículo 2° – Apruébase el Procedimiento Administrativo para la implementación de la Ley N° 2.069, que como Anexo forma parte integrante del presente.
Artículo 3° – El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Espacio Público, de Hacienda y de Gestión Pública y Descentralización.
Artículo 4° – Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a los Ministerios de Espacio Público, de Hacienda y de Gestión Pública y Descentralización. Cumplido, archívese. TELERMAN – Cortina – Beros – Bovero
Los anexos están publicados en el BOCBA N° 2828 del 10/12/2007.