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Consejo de Seguridad y Prevención del Delito. Modificación -2682

Numero: 563
Fecha: 2001
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 29 de marzo de 2001

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°: Modifíquese el artículo 4º inciso «c» de la Ley 211 por el siguiente párrafo «El Secretario de Justicia y Seguridad».

Artículo 2º: Modifíquese el artículo 4º inciso «d» de la Ley Nº 211 el que quedará redactado de la siguiente manera: «Seis diputados de la Ciudad de Buenos Aires».

Artículo 3º: Comuníquese, etc.

MARÍA CECILIA FELGUERAS.

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 563

Sanción: 29/03/2001

Promulgación: Decreto Nº 532 del 26/04/2001

Publicación: BOCBA N° 1185 del 04/05/2001

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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