DECRETO Nº 169/GCABA/14
Publicado en el BOCBA Nº 4397 del 16/0582014.
Buenos Aires, 12 de mayo de 2014
Visto
La Ley N° 2264, los Decretos N° 886/07, 1135/09, 113/09 y124/11, el Expediente N°
4.530.130-MEGEYA-DGTALMC-14, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.264 se creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, destinado a estimular e incentivar la participación privada
en el financiamiento de proyectos culturales, estableciendo como autoridad de
aplicación al Ministerio de Cultura;
Que para la aplicación del referido Régimen se crea el Consejo de Promoción Cultural
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo la órbita del Ministerio de Cultura,
mediante el artículo 6° de la mencionada Ley;
Que los artículos 7° y 8° de la Ley precedentemente citada establecen
respectivamente que el Sr. Jefe de Gobierno debe designar tres (3) de los seis (6)
miembros permanentes del mencionado Consejo, uno de los cuales deberá ejercer la
presidencia del Consejo, y que los miembros del mismo durarán dos (2) años en sus
cargos y podrán ser reelegidos por no más de dos períodos consecutivos y sin límites
en períodos alternados;
Que dicha Ley fue reglamentada por Decreto N° 886/07, modificado por el Decreto
1135/09, encomendando por el artículo 6° a la autoridad de aplicación la propuesta no
vinculante de una terna de representantes, a fin de integrar dicho Consejo;
Que mediante Decretos N° 113/09, y 124/11 fueron designados los miembros
permanentes del Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que habiendo vencido los mandatos de los miembros permanentes designados
oportunamente y de conformidad con lo establecido en el artículo 8° de la Ley N°
2264, corresponde proceder a la designación de los tres (3) miembros que integrarán
dicho Consejo y determinar quien ejercerá la Presidencia del mismo.
Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° -Desígnase a las personas que a continuación se mencionan para integrar,
en calidad de miembros permanentes, el Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, creado por Ley N° 2.264:
Sr. Juan Manuel Beati Vindel – DNI N° 21.787.952.
Sr. Carlos Ernesto Gutierrez – L.E. N° 4.637.068.
Sr. Carlos Porroni – DNI N° 06.151.754.
Artículo 2°.- Encomiéndase el ejercicio de la Presidencia del Consejo de Promoción
Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Señor Juan Manuel Beati Vindel.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministro de Cultura y
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Cultura. Cumplido archívese.
MACRI – Lombardi – Rodríguez Larreta