Buenos Aires, 12 de mayo de 2011
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración Institucional suscripto entre el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Ministerio Público Fiscal, el de la Defensa y el Tutelar, todos ellos del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Centro de Formación Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries, el 13 de septiembre de 2010, cuya copia certificada como Anexo forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.788
Sanción: 12/05/2011
Promulgación: Decreto N° 318 del 07/06/2011
Publicación: BOCBA N° 3685 del 15/06/2011
ANEXO PUBLICADO EN BOCBA Nº 3685 DEL 15/06/2011