DECRETO N.° 273/13
Buenos Aires, 10 de julio de 2013
VISTO:
La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11 y el Expediente Nº 2.146.878/12, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, a los Ministerios de Justicia y Seguridad, y de Gobierno
Que conforme lo establecido por el artículo 18, inciso 24 de la precitada Ley, el Ministerio de Justicia y Seguridad tiene como objetivo «Coordinar las acciones tendientes a la promoción y el seguimiento del traspaso de la Justicia Nacional alámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la participación del Ministerio de Gobierno»
Que por el Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, se encuentra la de «Participar en la implementación de la transferencia del Poder Judicial de la Nación al ámbito local»
Que, por su parte, la Subsecretaría de Asuntos Políticos del Ministerio de Gobierno tiene entre sus responsabilidades primarias la de «Diseñar políticas e impulsar acciones que promuevan la transferencia de competencias… (…) … entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires… (…) …, en coordinación con las áreas competentes»
Que mediante convenios suscriptos entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Estado Nacional se materializaron transferencias parciales y progresivas de competencias penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Que resulta necesario planificar y programar en forma unificada entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad, los procesos de transferencias de competencias judiciales a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a tales efectos resulta conveniente crear un Consejo de Justicia de la Ciudad programación del proceso de traspaso de las competencias judiciales y su seguimiento, así como asesorar en lo concerniente a nuevas competencias e instancias judiciales que pudieran constituirse
Que el citado Consejo será integrado con representantes del Poder Ejecutivo, invitándose asimismo a funcionarios de los Poderes Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Créase el Consejo de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas misiones y funciones se establecen en el AnexoI, el que a todo efecto forma parte del presente Decreto.
Artículo 2°.- Invítese a los funcionarios del Poder Judicial y del Poder Legislativo, detallados en el Anexo II, que a todo efecto forma parte del presente Decreto, a integrar el Consejo creado en el artículo 1º en carácter de miembros titulares.
Artículo 3°.- Establécese como autoridad de aplicación del presente Decreto a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artículo 4°.- La autoridad de aplicación propondrá en el término de treinta (30) días un reglamento interno de funcionamiento y cursará las invitaciones para la integración del Consejo de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Los gastos que demande el presente serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y Seguridad, de Gobierno, de Hacienda, de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Hacienda, de Gobierno, de Modernización, al Consejo de la Magistratura ya la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de Justicia y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese.
Macri – Montenegro – Monzó – Grindetti – Ibarra – Rodríguez Larreta
Anexo publicado en separata del BOCBA 4196 del 18/07/2013