Buenos Aires, 14 de marzo de 2013.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Instituyese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la competencia atlética anual denominada «La Carrera de Miguel» en homenaje al atleta Miguel Benancio Sánchez y a todos los desaparecidos durante la última dictadura militar, como manifestación del Gobierno de la ciudad Autónoma de Buenos Aires a favor de la memoria, la justicia y la defensa de los derechos humanos.
Artículo 2°.- La carrera atlética se lleva a cabo en el período comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de abril de cada año.
Artículo 3°.- El trazado de la carrera incluye la calle Miguel Benancio Sánchez (ex Av. Crisólogo Larralde), a excepción que razones extraordinarias de organización así lo impidan.
Artículo 4°.- La carrera atlética consta de dos circuitos, uno de carácter recreativo y otro de carácter competitivo.
Artículo 5°.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes a cada ejercicio del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos.
Artículo 6°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.495
Sanción: 14/03/2013
Promulgación: De Hecho del 17/04/2013
Publicación: BOCBA N° 4143 del 02/05/2013