VISTO:
La Ley N° 5.722, el artículo 131 del Código Fiscal (T.O. 2016 – Decreto N° 289/16) y el Expte. Electrónico N° 6.763.093-MGEYA-DGANFA/2017
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.722 introdujo modificaciones al Código Fiscal vigente
Que el artículo 131 del precitado Cuerpo Legal, faculta al Poder Ejecutivo a confeccionar el texto ordenado del Código Fiscal y a actualizar las remisiones que al mismo hace la Ley Tarifaria
Que por lo expuesto y en virtud de razones de claridad y certeza en la aplicación de la citada norma y una mejor técnica legislativa, se procede a confeccionar el texto ordenado arriba mencionado a efectos de evitar una dispersión normativa
Que de esta manera se verá facilitada la gestión de los contribuyentes y de la misma Administración.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el texto ordenado del Código Fiscal, su cuadro de correlación de artículos y su índice, los que se acompañan como Anexos I (IF-2017-6841057- DGANFA), II (IF-2017-6841092-DGANFA) y III (IF-2017-6841132-DGANFA) respectivamente, y que a todos los efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley Tarifaria para el año 2017, deberán ser convertidas en la forma que se indica en el Anexo IV (IF-2017- 6841164-DGANFA), el que a todos los efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese.
Rodríguez Larreta – Mura – Miguel
EL ANEXO DEL PRESENTE DECRETO FIGURA JUNTO AL BOCBA 5131 DEL 19/05/2017