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Código Contravencional. Modificación -2674

Numero: 548
Fecha: 2001
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 29 de marzo de 2001

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°. – Suspéndase la aplicación de los artículos 76 y 77 del Código Contravencional hasta la efectiva entrada en vigencia de la Ley 451 «Régimen de Faltas».

Artículo 2°. – Comuníquese, etc.

MARÍA CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 548

Sanción: 29/03/2001

Promulgación: Decreto Nº 523 del 20/04/2001

Publicación: BOCBA N° 1180 del 26/04/2001

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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