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Código Contravencional. Modificación -2348

Numero: 142
Fecha: 1998
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 30 de diciembre de 1998

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Sustitúyese la DISPOSICIÓN TRANSITORIA de la ley 82, modificatoria de la Ley 43 por la siguiente:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los Artículos 76 y 77 del Código Contravencional entran en vigencia a partir de los noventa (90) días corridos posteriores a la fecha de publicación de esta Ley.

(Conforme texto Art. 1º de la Ley N° 463, BOCBA N° 1029 del 18/09/2000)

Artículo 2º. –La presente ley entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

ENRIQUE OLIVERA

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 142

Sanción: 30/12/1998

Promulgación: Decreto N° 110 del 19/01/1999

Publicación: BOCBA N° 621 del 29/01/1999

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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