Ciudad de Diálogo Interreligioso. Declaración

Numero: 5556
Fecha: 2016
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 02 de junio de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

BUENOS AIRES CIUDAD DE DIÁLOGO INTERRELIGIOSO

Artículo 1º.- Declárase a la Ciudad de Buenos Aires como Ciudad de Diálogo Interreligioso.

Artículo 2°.- Entiéndase por «Ciudad de Diálogo Interreligioso» al ámbito donde personas, comunidades e instituciones de distintas tradiciones religiosas conviven armónicamente, valoran la riqueza de la diversidad religiosa, promueven los valores comunes compartidos y entablan relaciones a través del diálogo, la reflexión y acciones de cooperación a fin de fortalecer el tejido social en pos del bien común.

Artículo 3°.- Objetivos de la Ley:

  1. Reconocer, aceptar y respetar la diversidad religiosa en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
  2. Fomentar acciones que promuevan el diálogo y la diversidad religiosa en la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Será autoridad de aplicación de la presente Ley la Dirección General de Cultos dependiente de la Secretaría General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 5°.- La autoridad de aplicación realizará las acciones pertinentes para el cumplimiento de los objetivos descriptos en el artículo 3°.

Artículo 6°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.556

Sanción: 02/06/2016

Promulgación: Decreto Nº 377 del 24/06/2016

Publicación: BOCBA N° 4913 del 30/06/2016