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Catalógase con Nivel Cautelar el inmueble sito en Arcamendia 770/772

Numero: 4579
Fecha: 2013
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 13 de junio de 2013


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección «Cautelar» en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 «Catalogación» del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Arcamendia 770/772, Sección 18, Manzana 116, Parcela 011.

Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. «Catalogación» del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Artículo 4°.- La ficha de Catalogación Nº 18-116-011 forma parte de la presente Ley como

Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.


Ritondo – Pérez



Ley 4579

Sanción: 13/06/2013

Promulgación de Hecho: 22/07/2013

Publicada en: BOCBA 4204 del 30/07/2013

Descriptores

  • Derechos
    • Código de Planeamiento Urbano
      • e) Catalogación
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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