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Catalogación con Nivel Cautelar del inmueble sito en la calle Suipacha N° 1444.

Numero: 3387
Fecha: 2009
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2009.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel «Cautelar», en los términos del artículo 10.3.3. del Capítulo 10.3 «Catalogación» del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en la calle Suipacha N° 1.444, Parcela 001B; Manzana 025, Sección 03.

Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 «Catalogación» del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, dependiente del Ministerio de Gobierno, deberá asentar la catalogación establecida por el artículo 1° en la documentación catastral correspondiente.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Santilli – Pérez

Buenos Aires, 20 de enero de 2010.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 3387 (Expediente N° 1570122/09), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 18 de enero de 2010.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas

Descriptores

  • Derechos
    • DLDC
      • Anexo4
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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