Calles Uspallata, Ituzaingó. Sentido único de circulación. Calle Tacuarí. Estacionamiento. Prohibición.

Numero: 4310
Fecha: 2012
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Asígnase sentido único de circulación a la calle Uspallata entre Piedras y Bolívar, de Oeste a Este.

Artículo 2°.- Asígnase sentido único de circulación a la calle Ituzaingó entre Bolívar y Piedras, de Este a Oeste.

Artículo 3°.- Prohíbese el estacionamiento general de vehículos junto a la acera derecha en la calle Tacuarí entre Uspallata y la Av. Martín García, los días hábiles entre las 7 y las 21 horas.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

Vidal – Pérez

LEY N° 4.310

Sanción: 27/09/2012

Publicación: BOCBA N° 4023 del 26/10/2012