Buenos Aires, 13 de diciembre de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Resérvese la denominación «Esquina Ana Alé» a la intersección de las calles Dr. Enrique Finocchieto y Tacuarí.
Artículo 2º.- En cumplimiento del Artículo 5° de la Ley 83, cumplidos los 10 (diez) años de la muerte de Ana Alé, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires deberá sancionar la correspondiente Ley que confirme la reserva establecida por la presente Ley.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.468
Sanción: 13/12/2012
Promulgación: De Hecho del 16/01/2013
Publicación: BOCBA N° 4081 del 24/01/2013