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Calle Venancio Flores 545 -ABL – Condonación de deuda

Numero: 1461
Fecha: 2004
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 16 de septiembre de 2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Condónase la deuda por Contribuciones Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial, y de Pavimentos y Aceras y Ley N° 23.514 que mantiene el Sr. Miguel Ángel Gómez, DNI 6.225.556, con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el inmueble sito en la calle Venancio Flores 545, piso 3°, U.F. 11, Partida N° 1.342.552.

Artículo 2° – A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente Ley la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3° – Si correspondiera, el beneficiario se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4° – Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.461

Sanción: 16/09/2004

Promulgación: De Hecho del 21/10/2004

Publicación: BOCBA N° 2057 del 1º/11/2004

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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