LEY N° 3.484
Sanción: 01/07/2010
Promulgación: Decreto N° 594/010 del 29/07/2010
Publicación: BOCBA N° 3477 del 06/08/2010
Buenos Aires, 01 de julio de 2010
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Declárase Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires en la categoría «monumentos», en los términos del Inciso b) del Artículo 4° de la Ley 1.227, al inmueble «La Botica del Ángel», ubicado en la calle Luis Sáenz Peña 541.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ