Buenos Aires, 16 de diciembre de 2004.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Créase, en jurisdicción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Comisión organizadora de los festejos del «Bicentenario de la Reconquista de Buenos Aires».
Artículo 2°.- La Comisión estará presidida por el Jefe de Gobierno e integrada por:
- Secretario de Cultura.
- Secretario de Educación.
- Vicepresidente Primero de la Legislatura de la Ciudad.
- Presidente de la Comisión de Cultura y Comunicación Social de la Legislatura de la Ciudad.
- Presidente de la Comisión de Educación de la Legislatura de la Ciudad.
Artículo 3°.- Una vez constituida, la Comisión invitará a integrarse a ella al Arzobispo de la Ciudad de Buenos Aires y a representantes de academias y organismos representativos en la investigación y difusión de la historia.
Artículo 4°.- La Comisión desempeñará su tarea ad honorem.
Artículo 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a la partida presupuestaria que corresponda.
Artículo 6°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.635
Sanción: 16/12/2004
Promulgación: Decreto Nº 50 del 12/01/2005
Publicación: BOCBA N° 2113 del 20/01/2005