LEY N° 2.351
Sanción: 28/06/2007
Promulgación: Decreto Nº 1.007/007 del 19/07/2007
Publicación: BOCBA N° 2732 del 25/07/2007
Buenos Aires, 28 de junio de 2007.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Los preadjudicatarios de las operatorias «Plan Vivienda Casa Amarilla» y/o «Programa Viví en tu Casa» tendrán prioridad en la adjudicación de viviendas a construir por el IVC en el barrio de La Boca en operatorias similares, dirigidas al mismo perfil de beneficiarios.
Artículo 2°.– Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO