Buenos Aires 26 de agosto de 2004
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Modifícanse los términos del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, en la forma en que se indica:
Av. Del Libertador, los dos carriles adyacentes a la acera Noreste entre Av. Pueyrredón y Austria, los tres carriles adyacentes a la misma acera entre Austria y Jerónimo Salguero y los cuatro carriles adyacentes a la misma acera entre Jerónimo Salguero y Av. Sarmiento, sentido de circulación Sudeste – Noroeste, sólo los días hábiles de 17 a 22 horas.
Austria, sentido único de circulación desde Av. Presidente Figueroa Alcorta hasta Av. Del Libertador de Noreste a Sudoeste, los días hábiles de 17 a 22 horas y con sentido inverso en este tramo todos los días y horarios restantes.
Artículo 2°.- Prohíbese el estacionamiento general de vehículos los días hábiles de 7 a 22 horas, como excepción al artículo 11 de la Ley General de Estacionamiento N° 634 (B.O.C.B.A. N° 1002), en los siguientes tramos de arteria, de la forma que se indica:
Av. Del Libertador, entre Av. Pueyrredón y Av. Sarmiento, junto a la acera Noreste.
Austria, entre Av. Presidente Figueroa Alcorta y Av. Del Libertador, junto a ambas aceras.
Artículo 3°.- En los días y horarios de funcionamiento del ordenamiento dispuesto en el artículo 1° de la presente Ley, permítese el giro a la izquierda de los vehículos que circulen por Av. Del Libertador en sentido Noroeste – Sudeste únicamente hacia la Av. Casares.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.420
Sanción: 26/08/2004
Promulgación: Decreto Nº 1725 del 24/09/2004
Publicación: BOCBA N° 2036 del 30/09/2004