RESOLUCIÓN N° 721 – MPyOPGC –07
Publicada en el BOCBA N° 2812 del 16/11/2007
Se aprueba la reducción de la tarifa de peaje a abonar en la red de Autopistas Urbanas S.A. para los vehículos destinados al Servicio Público Colectivo por Automotor de Pasajeros
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2007.
Visto el Expediente N° 78.567/07 y los Decretos Nros. 1.721/04 (B.O.C.B.A. N° 2035) y 530/07 (B.O.C.B.A. N° 2665), y
CONSIDERANDO:
Que obran presentaciones de las Cámaras Empresarias representativas del sector que presta el servicio público de transporte por automotor de pasajeros solicitando una reducción del 50% (cincuenta por ciento) al 100% (cien por ciento) de la tarifa de peaje a abonar en las autopistas concesionadas a la Empresa Autopistas Urbanas S.A.;
Que como contrapartida ofrecen aumentar los servicios de transporte automotor de pasajeros que utilizan dicha red en como mínimo un 30% y realizar un mayor incremento; en la medida que la demanda así lo justifique;
Que de acuerdo con las estimaciones realizadas por A.U.S.A., dicha medida (con un incremento del 30% en los servicios) importará 1.200.000 personas/mes a transportar, lo cual impactará en un mejor uso de los medios de transporte que ingresan a la ciudad y reducirá la congestión sobre la red de autopistas;
Que en el marco de la audiencia pública celebrada el día 31 de julio pdo. para el análisis de la aplicación de tarifas diferenciales para el ingreso de vehículos particulares por los accesos concesionados a Autopistas Urbanas S.A., surgieron numerosas exposiciones tendientes a impulsar medidas que mejoren la oferta y calidad de los servicios públicos de transporte, aplicando incluso los ingresos a dichas medidas;
Que dentro del Plan Integral de Tránsito y Transporte aprobado por el Decreto N° 530/07, se prevén medidas tendientes a privilegiar el uso del transporte público, delegando en este Ministerio su aplicación;
Que el mencionado Decreto N° 1.721/04 por el cual se otorgó la concesión a Autopistas Urbanas S.A. designó a este Ministerio como autoridad de aplicación, estando facultado para modificar el reglamento de explotación vigente;
Que tanto la Subsecretaría de Transito y Transporte como la concesionaria Autopistas Urbanas S.A. se han pronunciado a favor de la medida solicitada, como una prueba experimental por un plazo de un año, renovable automáticamente en función de los resultados que se obtengan;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1° – Apruébase la reducción del cincuenta por ciento (50%) de la tarifa de peaje a abonar en la red de autopistas concesionadas a Autopistas Urbanas S.A. por Decreto N° 1.721/04 (B.O.C.B.A. N° 2035), para los vehículos destinados al servicio público colectivo por automotor de pasajeros.
Artículo 2° – Las empresas beneficiarias de dicha reducción deberán incrementar los servicios en como mínimo un treinta por ciento (30%) y realizar un mayor incremento en la medida que la demanda así lo justifique.
Artículo 3° – La reducción operará como una medida experimental y entrará en vigencia a partir de su publicación.
Artículo 4° – Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad, comuníquese a la empresa Autopistas Urbanas S.A. y pase a Subsecretaría de Tránsito y Transporte la que procederá a notificar a las Cámaras del sector y demás efectos que le correspondan. Cumplido, archívese. Schiavi