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Arzobispado de la Ciudad de Buenos Aires. Condonación de deuda.

Numero: 289
Fecha: 1999
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

  Buenos Aires 18 de noviembre de 1999 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º – Condónese al Arzobispado de la Ciudad de Buenos Aires la deuda que, en concepto de Servicios de Administración y Mantenimiento de Bóvedas y Panteones de Cementerios, mantiene con el Gobierno de la Ciudad por los terrenos formados por la Sección 9, Tablón 98, inscripto a perpetuidad a nombre de «Panteón del Clero» y sepulturas 1, 2 y 3 y demasía del Tablón 22, Sección 13 A, inscripta a nombre de «Arzobispado de Buenos Aires».

Artículo 2º – Exímese al Arzobispado de la Ciudad de Buenos Aires, a partir del año 2000 y con carácter permanente, del pago de la tasa por Servicios de Administración y Mantenimiento de Bóvedas y Panteones de Cementerios, correspondientes a los terrenos mencionados en al artículo 1º de la presente Ley

Artículo 3º – Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 289

Sanción: 18/11/99

Promulgación: Decreto 2383 del 28/12/99

Publicación: BOCBA N° 853 del 06/01/2000

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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