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Articulo: 74-10383

Numero: 74
Fecha:
Clase:
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Constitucion CABA
Anexos:
Fuero:
Fuente:

La Legislatura se reúne en sesiones ordinarias desde el primero de marzo al quince de diciembre de cada año.

La Legislatura puede ser convocada a sesiones extraordinarias, siempre que razones de gravedad lo reclamen, por el Jefe de Gobierno, por su Presidente o a solicitud de un tercio de sus miembros.

Todas las sesiones de la Legislatura son públicas.

La Legislatura no entra en sesión sin la mayoría absoluta de sus miembros.

Descriptores

  • Derechos
    • Poder Legislativo
    • Políticos y Electorales
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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