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Articulo: 73-10382

Numero: 73
Fecha:
Clase:
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Constitucion CABA
Anexos:
Fuero:
Fuente:

La función de diputado es incompatible con:

1. El ejercicio de cualquier empleo o función pública nacional, provincial, municipal o de la Ciudad, salvo la investigación en organismos estatales y la docencia. La ley regula la excedencia en los cargos de carrera.

2. Ser propietario, directivo, gerente, patrocinante o desempeñar cualquier otra función rectora, de asesoramiento o el mandato de empresa que contrate con la Ciudad o sus entes autárquicos o descentralizados. Para la actividad privada, esta incompatibilidad dura hasta dos años después de cesado su mandato y su violación implica inhabilidad para desempeñar cualquier cargo público en la Ciudad por diez años.

3. Ejercer la abogacía o la procuración contra la Ciudad, salvo en causa propia.

Descriptores

  • Derechos
    • Poder Legislativo
    • Políticos y Electorales
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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