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Articulo: 119-10570

Numero: 119
Fecha:
Clase:
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Constitucion Nacional
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro.

El Congreso fijará por una ley especial la pena de este delito; pero ella no pasará de la persona del delincuente, ni la infamia del reo se transmitirá a sus parientes de cualquier grado.

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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