Área de Desarrollo Prioritario

Numero: 4190
Fecha: 2012
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 31 de mayo de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Incorpórase al artículo 8.3.1.1 inciso a) denominado «Área de Desarrollo Prioritario 1» del Código de Planeamiento Urbano, como segundo párrafo, el siguiente texto:

«Dentro del polígono delimitado por las parcelas frentistas de la Av. San Juan, parcelas frentistas de la Av. Ingeniero Huergo su continuación por Av., Don Pedro de Mendoza hasta el Riachuelo, el eje de la Av. Vélez Sársfield, su continuación por el eje de la Av. Entre Ríos, hasta su intersección con la Av. San Juan, no será de aplicación lo establecido en el inc. b) del presente parágrafo»

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

MARÍA EUGENIA VIDAL

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.190

Sanción: 31/05/2012

Promulgación: Decreto Nº 331 del 11/07/2012

Publicación: BOCBA N° 3954 del 18/07/2012