Buenos Aires, 05 de junio de 2014
Las Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 1.145/2009 y N°
95/2014, las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11, el Expediente
Electrónico N° 2014-04.149.560- MGEYA-DGCYC, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que deben observarse para los
procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regula las
obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 4.764 ha modificado a la mentada Ley N° 2.095, habilitando, entre otras
reformas, la diversificación de los procedimientos administrativos de contratación e
incorporando entre los principios generales que rigen a la contratación pública al de
sustentabilidad y al de la vía electrónica, calificando como excepcional la tramitación
de procedimientos de compras en soporte papel;
Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de
Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de
las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.764;
Que por Decreto N° 1.145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del artículo 83° de
la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado
«Buenos Aires Compras (BAC)» con alcance a todas las jurisdicciones dependientes
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que oportunamente mediante Disposición N° 171/DGCYC/08 se aprobó el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese orden, por Disposición N° 119/DGCYC/11 se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC;
Que, en esta instancia resulta necesario proceder a la aprobación de un nuevo Pliego
de Bases y Condiciones Generales que ampare las modificaciones introducidas por la
nueva normativa dictada;
Que de igual modo, corresponde que el mentado Pliego de Bases y Condiciones
Generales contenga las disposiciones relativas a los procesos de compras y
contrataciones a efectuarse a través del sistema electrónico BAC, con la pertinente
adecuación de sus artículos a las particularidades de cada medio;
Que, la Ley N° 2.095 establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a esta Dirección
General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda;
Que el artículo 18° de la citada ley establece entre las funciones y competencias del
Órgano Rector la de «j) Elaborar y aprobar, el pliego único de bases y condiciones
generales…»;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en
los presentes actuados.
Por ello, y de acuerdo con las facultades previstas en el inciso j) del artículo 18 de la
Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764,
EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE:
Art. 1°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la
contratación de bienes y servicios, que como Anexo I (IF-2014-06787788-DGCYC)
forma parte integrante de la presente.
Art. 2°.- Deróganse las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11.
Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de
Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos
los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Butera
Las Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 1.145/2009 y N°
95/2014, las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11, el Expediente
Electrónico N° 2014-04.149.560- MGEYA-DGCYC, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que deben observarse para los
procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regula las
obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 4.764 ha modificado a la mentada Ley N° 2.095, habilitando, entre otras
reformas, la diversificación de los procedimientos administrativos de contratación e
incorporando entre los principios generales que rigen a la contratación pública al de
sustentabilidad y al de la vía electrónica, calificando como excepcional la tramitación
de procedimientos de compras en soporte papel;
Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de
Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de
las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.764;
Que por Decreto N° 1.145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del artículo 83° de
la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado
«Buenos Aires Compras (BAC)» con alcance a todas las jurisdicciones dependientes
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que oportunamente mediante Disposición N° 171/DGCYC/08 se aprobó el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese orden, por Disposición N° 119/DGCYC/11 se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC;
Que, en esta instancia resulta necesario proceder a la aprobación de un nuevo Pliego
de Bases y Condiciones Generales que ampare las modificaciones introducidas por la
nueva normativa dictada;
Que de igual modo, corresponde que el mentado Pliego de Bases y Condiciones
Generales contenga las disposiciones relativas a los procesos de compras y
contrataciones a efectuarse a través del sistema electrónico BAC, con la pertinente
adecuación de sus artículos a las particularidades de cada medio;
Que, la Ley N° 2.095 establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a esta Dirección
General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda;
Que el artículo 18° de la citada ley establece entre las funciones y competencias del
Órgano Rector la de «j) Elaborar y aprobar, el pliego único de bases y condiciones
generales…»;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en
los presentes actuados.
Por ello, y de acuerdo con las facultades previstas en el inciso j) del artículo 18 de la
Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764,
EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE:
Art. 1°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la
contratación de bienes y servicios, que como Anexo I (IF-2014-06787788-DGCYC)
forma parte integrante de la presente.
Art. 2°.- Deróganse las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11.
Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de
Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos
los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Butera
Las Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 1.145/2009 y N°
95/2014, las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11, el Expediente
Electrónico N° 2014-04.149.560- MGEYA-DGCYC, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que deben observarse para los
procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regula las
obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 4.764 ha modificado a la mentada Ley N° 2.095, habilitando, entre otras
reformas, la diversificación de los procedimientos administrativos de contratación e
incorporando entre los principios generales que rigen a la contratación pública al de
sustentabilidad y al de la vía electrónica, calificando como excepcional la tramitación
de procedimientos de compras en soporte papel;
Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de
Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de
las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.764;
Que por Decreto N° 1.145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del artículo 83° de
la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado
«Buenos Aires Compras (BAC)» con alcance a todas las jurisdicciones dependientes
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que oportunamente mediante Disposición N° 171/DGCYC/08 se aprobó el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese orden, por Disposición N° 119/DGCYC/11 se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC;
Que, en esta instancia resulta necesario proceder a la aprobación de un nuevo Pliego
de Bases y Condiciones Generales que ampare las modificaciones introducidas por la
nueva normativa dictada;
Que de igual modo, corresponde que el mentado Pliego de Bases y Condiciones
Generales contenga las disposiciones relativas a los procesos de compras y
contrataciones a efectuarse a través del sistema electrónico BAC, con la pertinente
adecuación de sus artículos a las particularidades de cada medio;
Que, la Ley N° 2.095 establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a esta Dirección
General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda;
Que el artículo 18° de la citada ley establece entre las funciones y competencias del
Órgano Rector la de «j) Elaborar y aprobar, el pliego único de bases y condiciones
generales…»;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en
los presentes actuados.
Por ello, y de acuerdo con las facultades previstas en el inciso j) del artículo 18 de la
Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764,
EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE:
Art. 1°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la
contratación de bienes y servicios, que como Anexo I (IF-2014-06787788-DGCYC)
forma parte integrante de la presente.
Art. 2°.- Deróganse las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11.
Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de
Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos
los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Butera
El anexo se encuentra en la separata del BOCBA 4414 del 10/06/2014