RESOLUCIÓN N° 109 – AGC/09
Publicada en el BOCBA N° 3126 del 02/03/2009
Buenos Aires, 27 de Febrero de 2009
VISTO:
La Ley N° 2.624, el Decreto N° 2.141/07, el Decreto N° 2.075/07 Y la Resolución N° 670/AGC/2008, y
CONSIDERANDO:
Que
por la Ley N° 2.624 se facultó a la Agencia Gubernamental de Control a
ejercer el contralor y la fiscalización en materias de su competencia;
Que
de acuerdo a la descripción de responsabilidades primarias establecidas
en el Decreto N° 2.075/07, corresponde a las Direcciones Generales de
Fiscalización y Control, Fiscalización y Control de Obras, Higiene y
Seguridad Alimentaria, Habilitaciones y Permisos ejercer el poder de
policía en cuestiones atinentes a la seguridad, salubridad e higiene
sobre establecimientos comerciales, industriales, de servicios,
espectáculos y entretenimientos públicos, permisos otorgados para la
realización de eventos masivos en estadios y espacios de dominio público
y privado y eventos deportivos de carácter programados;
Que por
diversas Resoluciones se autorizó la contratación de profesionales para
desempeñarse como inspectores y verificadores en las Direcciones
Generales, dependientes de la Agencia Gubernamental de Control;
Que
los profesionales que se desempeñan como inspectores y verificadores
cuentan hoy con credenciales que les permiten identificarse como agentes
dependientes de las distintas Direcciones Generales que forman parte de
esta entidad autárquica;
Que por Resolución N° 670/AGC/2008 se
prorrogó la vigencia de las credenciales referidas de los agentes allí
especificados, hasta el 10 de marzo del corriente año;
Que ante
su próximo vencimiento, resulta necesario disponer la prórroga de las
credenciales mencionadas, a fin de que los inspectores y verificadores
especificados en la Resolución N° 670/AGC/2008 puedan llevar a cabo las
funciones descriptas en los considerandos precedentes.
Por ello y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso e) de la Ley N° 2624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE:
Artículo
1°._ Prorrógase hasta el 30 de abril de 2009 la vigencia de las
credenciales pertenecientes a los inspectores y verificadores
individualizados en la Resolución N° 670/AGC/2008 cuyo vencimiento opera
el1 de marzo del corriente año.
Artículo 2°._ Dése a Registro,
publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a las Direcciones Generales de la Agencia Gubernamental de
Control. Cumplido, archívese. Young