Adhiérese a los términos del Decreto 966/2005 del Poder Ejecutivo Nacional (“Régimen Nacional de Iniciativa Privada“).

Numero: 2635
Fecha: 2009
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

LEY N° 2.635

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2007.

Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus entes
autárquicos y

descentralizados, adhieren a los términos del Decreto
966/2005 del Poder Ejecutivo

Nacional (“Régimen Nacional de Iniciativa Privada“).

Art. 2°.- El Ministerio de Desarrollo Económico será la
autoridad de aplicación de la

presente Ley, en el ámbito del Poder Ejecutivo, quedando
facultado para dictar las

normas complementarias y/o aclaratorias que resulten
necesarias.

Art. 3°.- Comuníquese. Olmos – Pérez