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ABL. Unión Patriótica Armenia de Marash. Condonación de deuda

Numero: 1481
Fecha: 2004
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 14 de octubre de 2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Condónase la deuda que registra la «Unión Compatriótica Armenia de Marash», con la Ciudad de Buenos Aires en concepto de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley N° 23.514 correspondientes al inmueble de su propiedad sita en Armenia 1242, Partida N° 0422462.

Artículo 2°.- A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente Ley la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repetición de suma alguna abonada.

Artículo 3°.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda el beneficiario de la presente norma, se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.481

Sanción: 14/10/2004

Promulgación: De Hecho del 09/11/2004

Publicación: BOCBA N° 2070 del 18/11/2004

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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