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Marco Denevi. Pensión vitalicia

Numero: 107
Fecha: 1998
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires 26 de noviembre de 1998

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Otórgase a partir del 1º diciembre de 1998, un subsidio mensual y vitalicio de pesos un mil ($ 1.000.-), en favor del Sr. Marco Denevi.

Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a la Jurisdicción 50.17.1.3.5.1.4 -Transferencias- del Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos en vigor.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc

ENRIQUE OLIVERA

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 107

Sanción: 26/11/1998

Promulgación: Decreto N° 2759 del 30/11/1998

Publicación: BOCBA N° 586 del 04/12/1998

Descriptores

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  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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